Asesoría en ERTE
para trabajadores
y sus representantes

Un ERTE puede ser una medida legítima o puede ser una forma de recortar derechos sin la justificación suficiente. Nosotros lo analizamos y negociamos desde el lado de la plantilla.

ERTE por causas ETOP Suspensión de contratos Reducción de jornada Período de consultas
Análisis de documentación en un proceso de ERTE
Qué es un ERTE

ERTE: suspensión temporal,
derechos permanentes

Un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) permite a la empresa suspender temporalmente contratos de trabajo o reducir la jornada laboral, manteniendo viva la relación laboral. A diferencia del ERE, el trabajador no pierde el empleo — pero sí su salario durante el período de suspensión, compensado parcialmente por la prestación por desempleo.

Los ERTE por causas económicas, técnicas, organizativas o productivas (ETOP) exigen un período de consultas y justificación documental, igual que un ERE. No basta con que la empresa diga que tiene problemas: tiene que demostrarlo.

Lo que se negocia en un ERTE no es solo quién entra y quién no: también la duración, el porcentaje de reducción de jornada, la distribución entre trabajadores, las garantías de mantenimiento del empleo y otras condiciones.

Diferencia clave entre ERTE y ERE

En el ERTE la relación laboral queda suspendida temporalmente: el contrato no se extingue. Cuando termina el ERTE, el trabajador se reincorpora. En el ERE extintivo, el contrato se rescinde definitivamente y el trabajador recibe una indemnización. Muchas empresas plantean ERTEs como paso previo a un ERE posterior.

¿Cuándo hay período de consultas en un ERTE?

Siempre que el ERTE sea por causas ETOP y afecte a un número suficiente de trabajadores (los mismos umbrales que el ERE). En empresas pequeñas puede haber consultas aunque afecte a menos personas si así lo exige el convenio aplicable.

Lo que hacemos

Nuestra intervención
en el ERTE

Actuamos en todas las fases del proceso, con un objetivo claro: que las condiciones del ERTE sean las más favorables posible para la plantilla.

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Análisis de las causas

Revisamos si las causas alegadas por la empresa están suficientemente acreditadas. Una causa mal documentada es un argumento de negociación. Una causa inexistente, una vía de impugnación.

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Negociación de condiciones

Trabajamos en la mesa para mejorar los términos: duración máxima, porcentajes de reducción de jornada, distribución equitativa entre trabajadores, compromisos de mantenimiento del empleo.

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Revisión del acuerdo

Antes de firmar, revisamos el texto del acuerdo punto por punto. Lo que no queda escrito, no queda acordado. Los compromisos verbales de la empresa no tienen valor jurídico.

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Derechos individuales

Asesoramos a los trabajadores afectados sobre sus derechos: acceso a la prestación por desempleo, cómputo de la reducción en la base reguladora, obligaciones de disponibilidad.

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Vigilancia del cumplimiento

Un ERTE firmado con condiciones no sirve si la empresa no lo cumple. Asesoramos en el seguimiento y, si hay incumplimientos, en las vías de reclamación.

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Consulta gratuita

Si tu empresa ha comunicado la apertura de un ERTE, contáctanos. La primera consulta es sin coste. Te decimos con claridad qué podemos hacer y en qué plazos.

Preguntas frecuentes

Dudas habituales
sobre el ERTE

¿Cobra paro durante un ERTE?

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Sí. Los trabajadores afectados por un ERTE acceden a la prestación por desempleo aunque no tengan el período mínimo cotizado. La cuantía es el 70% de la base reguladora los primeros 180 días y el 50% a partir de entonces. Además, los días consumidos durante un ERTE no computan como prestación gastada a efectos de un posible desempleo futuro, siempre que haya una norma específica que lo establezca.

¿Puede la empresa pedir al trabajador que trabaje durante el ERTE?

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No, si el contrato está suspendido al 100%. Trabajar durante la suspensión es incompatible con cobrar la prestación y puede constituir una infracción grave. Si el ERTE es de reducción de jornada, el trabajador solo puede ser llamado en la parte de jornada no afectada. Si la empresa incumple esto, existe responsabilidad legal y puede ser denunciada a la Inspección de Trabajo.

¿Tiene la empresa que mantener el empleo después del ERTE?

+
Depende de lo que se haya acordado y de si hay normativa aplicable. En la práctica, se suelen negociar compromisos de mantenimiento del empleo durante un período después de la reincorporación. Si la empresa despide antes de que venza ese compromiso, puede estar obligada a devolver las exoneraciones de cotizaciones que hubiera recibido.

¿Puede la empresa convertir un ERTE en ERE?

+
Sí, pero debe iniciar un nuevo procedimiento. El ERTE no puede "convertirse" directamente en un ERE: son procedimientos independientes. Lo que sí puede ocurrir es que la empresa, una vez finalizado el ERTE, inicie un ERE si la situación económica no se ha recuperado. Por eso es importante vigilar lo que se firma en el ERTE y qué compromisos asume la empresa.

¿Qué pasa si no hay acuerdo en el período de consultas del ERTE?

+
La empresa puede aplicar el ERTE unilateralmente si las causas están acreditadas. No es necesario el acuerdo para que el ERTE sea válido. Sin embargo, la falta de acuerdo y el desacuerdo del comité quedan documentados, lo que refuerza la posición de los trabajadores en caso de impugnación posterior.

¿Se puede impugnar un ERTE?

+
Sí. Tanto la representación de los trabajadores como los propios trabajadores afectados pueden impugnar el ERTE si consideran que las causas no están justificadas, que el procedimiento no se ha seguido correctamente o que hay discriminación en la selección de afectados. El plazo para impugnar es de 20 días hábiles desde la notificación.

¿Tu empresa ha anunciado un ERTE?

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